Abogados de familia en Arequipa

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Frances Andrea Bravo Patiño

Abogado de familia · Arequipa

Brindo asesoría legal presencial y virtual, con trato directo, absoluta confidencialidad y seguimiento constante. Me caracterizo por ser minuciosa con cada caso, muy responsable y siempre dispuesta a ayudar y orientar al cliente con claridad. DERECHO PENAL Y PROCESAL PENAL: asesoría preventiva y defensa técnica; denuncias, descargos, escritos y recursos; seguimiento de carpeta fiscal, control de plazos y diligencias; preparación y asistencia en audiencias (prisión preventiva, comparecencia, tutela de derechos, control de acusación y otras incidencias). Atención en emergencias: detenciones, citaciones urgentes, conducción en estado de ebriedad y principio de oportunidad (según evaluación). Violencia familiar (Ley 30364): medidas de protección, escritos y seguimiento. DERECHO DE FAMILIA: alimentos (demanda, variación y ejecución); tenencia y régimen de visitas; divorcio (mutuo acuerdo o por causal, según corresponda); autorización de viaje de menor; conciliación y acuerdos familiares. ÁREA NOTARIAL Y DOCUMENTOS: cartas notariales; contratos (alquiler, compraventa simple, servicios y acuerdos); minutas; poderes (simple/especial), autorizaciones y declaraciones juradas; etc.

  • ColegiaturaCAA-16591
  • Urb. La Cantuta A-12

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¿Qué hace un abogado de familia?

Interviene en los conflictos entre parejas, padres e hijos, buscando acuerdos cuando se puede y defendiendo tus derechos en el juzgado cuando no. Sus casos más comunes son:

  • Pensión de alimentos: pedirla, aumentarla, reducirla o cobrar lo que se debe.
  • Divorcio y separación, de mutuo acuerdo o por causal.
  • Tenencia y régimen de visitas de los hijos.
  • Reconocimiento de paternidad (filiación).
  • Medidas de protección por violencia familiar.
  • Reconocimiento de unión de hecho.

Pensión de alimentos: lo básico

La demanda de alimentos se presenta ante el Juzgado de Paz Letrado y no es obligatorio hacerlo con abogado: el Poder Judicial tiene formatos gratuitos. Aun así, un abogado te ayuda a calcular un monto justo, probar los ingresos del otro padre y cobrar si deja de pagar. El juez fija la pensión según las necesidades del hijo y las posibilidades de quien paga. Para cobrarla, se puede embargar hasta el 60% de los ingresos del obligado.

Divorcio: de mutuo acuerdo o por causal

Si ambos están de acuerdo, llevan al menos 2 años casados y ya resolvieron alimentos, tenencia y visitas de los hijos menores, pueden hacer el divorcio rápido en una municipalidad o notaría. Si no hay acuerdo, el divorcio va al juzgado por una causal. La más usada es la separación de hecho: 2 años, o 4 si hay hijos menores de edad.

Tenencia y visitas

Cuando los padres se separan, deben definir con quién vivirán los hijos y cómo los verá el otro padre. Lo ideal es un acuerdo en un centro de conciliación. Si no lo hay, decide el juez de familia, siempre pensando en el interés del niño, y puede fijar una tenencia compartida.

Preguntas frecuentes

¿Necesito abogado para pedir pensión de alimentos?

No es obligatorio: puedes presentar la demanda con los formatos gratuitos del Poder Judicial. Un abogado es útil cuando el otro padre oculta sus ingresos, cuando hay que cobrar pensiones atrasadas o cuando el caso se complica.

¿Cuánto es la pensión de alimentos?

No hay un porcentaje fijo por hijo. El juez considera lo que el hijo necesita (alimentación, vivienda, salud, educación, recreación) y lo que puede pagar el obligado. El límite para embargar es el 60% de sus ingresos.

¿Qué pasa si no pagan la pensión?

Se puede pedir el embargo de su sueldo o bienes y su inscripción en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM). Si incumple una pensión ordenada por el juez, también puede ser denunciado por omisión de asistencia familiar, que es un delito.

¿Cuánto demora un divorcio?

El divorcio rápido en municipalidad o notaría suele tomar entre uno y tres meses. Un divorcio por causal en el juzgado puede tomar uno o más años, según la carga del juzgado y si hay apelaciones.

¿Hasta qué edad se paga la pensión?

Por lo general, hasta los 18 años. Sigue después si el hijo estudia con éxito una profesión u oficio, hasta los 28 años, o si tiene una discapacidad que le impide mantenerse.